Evaluación final

Evaluación final

Solicitud de evaluación final. Plazos de presentación.

Fechas de solicitud de evaluación final segundo cuatrimestre: Del 22 de enero al 5 de febrero de 2024, ambos inclusive.

Según el artículo 10, apartado 3, de la normativa de evaluación de los aprendizajes aprobada en Consejo de Gobierno el 24 de Marzo de 2011 y Modificada en sesión ordinaria de Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2019:

Los estudiantes de Grado, para acogerse a la evaluación final, tendrán que solicitarlo por escrito al Decanato de la Facultad de Educación en las dos primeras semanas de impartición de la asignatura, explicando las razones que le impiden seguir el sistema de evaluación continua. En el caso de aquellos estudiantes que por razones justificadas no tengan formalizada su matrícula en la fecha de inicio del curso o del periodo de impartición de la asignatura, el plazo indicado comenzará a computar desde su incorporación a la titulación. El Decanato valorará las circunstancias alegadas por el estudiante y tomará una decisión motivada. Transcurridos 15 días hábiles sin que el estudiante haya recibido respuesta expresa por escrito a su solicitud, se entenderá que ha sido estimada.

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

  • Todos los campos marcados con asterisco son obligatorios.
  • El estudiante solamente podrá realizar una única solicitud. En caso de que se reciban más solicitudes, solo se considerará la última.
  • Todas las solicitudes deben realizarse utilizando el correo institucional del alumno (@edu.uah.es).
  • La notificación sobre la concesión o denegación de la evaluación final se realizará por correo electrónico (automático).

Datos relativos a la solicitud

Debe seleccionar la titulación en que está matriculado, el curso académico, así como indicar el curso, grupo y turno al que corresponde.

Debe seleccionar el código y nombre de la/s asignatura/s para las que solicita la evaluación final.

Razones para renunciar al proceso de evaluación continua

Según el artículo 10, apartado 2, de la normativa reguladora de los procesos de evaluación de los aprendizajes arriba señalada: “Entre otras, son causas que permiten acogerse a la evaluación final, sin perjuicio de que tengan que ser valoradas en cada caso concreto, la realización de prácticas presenciales, las obligaciones laborales, las obligaciones familiares, los motivos de salud y la discapacidad”.

Seleccione en la solicitud todas las que considere oportunas, en caso de seleccionar otras, es necesario especificar la causa.

Documentos que se deben aportar

Se deben aportar todos los documentos que se consideren oportunos y que justifiquen debidamente las razones por las que el alumno renuncia al proceso de evaluación continua.

En caso de aportar varios documentos, reúna todo ellos en un único archivo PDF para subirlos en el formulario.

No se atenderá ninguna solicitud que no esté debidamente justificada. En caso de no disponer de documentos acreditativos, adjunte un documento en que explique y justifique de forma explícita y justificada los motivos de su solicitud para su valoración.

Acceso al formulario electrónico